El 2 de diciembre de 2021, el Congreso de los Diputados aprobó la reforma de la Ley 12/2013 de Medidas Para Mejorar el Funcionamiento de la Cadena Alimentaria. Los cambios introducidos en esta medida legislativa, conocida popularmente como Ley de la Cadena Alimentaria y aprobada originalmente en 2013, terminaron por publicarse en el BOE el día 15 de diciembre y entraron en vigor 24 horas después. El objetivo de esta modificación fue reforzar una ley que nació con el objetivo de establecer las bases para una relación más justa entre agricultores, ganaderos, industrias y distribuidores.
El nuevo texto de la ley se muestra más acorde con las exigencias comunitarias de la directiva europea, especialmente sobre aquellas prácticas comerciales consideradas como desleales. En general, sus puntos se aplican sobre el conjunto de actividades de todos los agentes que intervienen en los procesos de producción, transformación y distribución de productos agrícolas. Además, la reforma de la Ley de la Cadena Alimentaria amplía su campo de aplicación a pymes, relaciones entre mayoristas y otras figuras propias de la actividad comercial agrícola.
Novedades en la Ley de la Cadena Alimentaria
Algunas de las novedades introducidas reflejan obligaciones como la de establecer y cumplir un contrato entre ambas partes de una transacción (esta medida, sin embargo, no será aplicable a los casos de cantidades inferiores al mínimo indicado en la normativa de lucha contra el fraude). Otras medidas de obligado cumplimiento son la de realizar el pago dentro del plazo estipulado o la de la plena transparencia en las subastas electrónicas.
La Ley de la Cadena Alimentaria establece también nuevas prácticas abusivas y sancionables entre las que destacan la modificación unilateral de los términos de un contrato, la divulgación de secretos empresariales y la cancelación de pedidos de productos perecederos dentro de los 30 días previos al momento señalado.
La prohibición de la venta a pérdidas
Pero si hay una obligatoriedad que ha dado que hablar, es la que se refiere a la prohibición de la venta a pérdidas. Esta medida busca la imposibilidad de ofrecer al público final productos a un precio inferior al pagado en el momento de su adquisición. Según el texto de la propia norma, esta medida surge “con el fin de evitar la destrucción del valor en la cadena alimentaria, cada operador de la misma deberá pagar al operador inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste de producción de tal producto en que efectivamente haya incurrido o asumido dicho operador”.
Con el fin de cumplir el conjunto de medidas del nuevo texto reformado, se ha creado la Agencia de Información y Control de Alimentos, una entidad que estará apoyada por el nuevo Código de Buenas Prácticas Mercantiles y el Observatorio de la Cadena Alimentaria. En conjunto, todos tratarán de establecer unas relaciones comerciales más justas, equilibradas y transparentes.
Por supuesto, la reforma de la ley ha generado voces discordantes y discursos en su contra. Entre las críticas más comunes puede señalarse el exceso de trámites burocráticos que conlleva su aplicación, el aumento del nivel de intervención estatal y la dificultad de fijar los índices de costes de la producción. No obstante, la mayor cantidad de críticas han llegado debido a la prohibición de la venta a pérdidas. Sea como sea, el nuevo texto de la ley acaba de comenzar a rodar y el tiempo será el encargado de confirmar o no la necesidad de su reforma.
Imagen principal de StateofIsrael.
Imagen central de Jean–Louis Zimmermann.